04 May / 09:11 am

Hoy comienza en Miami proceso de ayudas para pagar alquiler, electricidad y agua

-A +A

Hoy lunes 4 de mayo, a las 12 m, comienza en Miami el proceso de solicitudes de ayuda para subvencionar en parte el pago de alquiler, consumo electricidad, agua y gas de residentes hasta 1.500 dólares, para paliar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria de coronavirus y para ello anuncia requisitos y pautas a seguir.

Las solicitudes se realizarán a través de Internet, en un apartado del portal MiamiGov.gov del ayuntamiento de Miami, a partir del lunes 4 de mayo a las 12 del mediodía.

Si no tiene acceso a Internet o prefiere ser atendido por teléfono, puede llamar al 305-416-2080 durante el período de solicitud. Tenga en cuenta que habrá demoras para ser atendido por teléfono e incluso por Internet, ya que se espera una alta cifra de solicitudes.

El dinero será directamente abonado al arrendador, compañía de electricidad o servicio de agua.

Alquiler y electricidad

El nuevo programa especial de emergencia, llamado Emergency Rental & Utilities Assistance Program, está dirigido a personas “que residan en la jurisdicción de City of Miami y demuestren que perdieron el empleo por causa de la pandemia y las órdenes de cierre”.

Este programa especial está subvencionado con fondos del Gobierno federal, que fueron aprobados por el Congreso para contrarrestar los efectos económicos del coronavirus, y estará disponible hasta que se agote la cantidad de dinero disponible.

El solicitante tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano de EEUU, residente permanente en el país o contar con permiso temporal.
  • Residir en Ciudad de Miami.
  • No tener dinero suficiente para pagar el alquiler y / o consumo electricidad, agua y gas los servicios públicos por haber pérdida de ingresos relacionada con el coronavirus.
  • Para ello debe demostrar que su ingreso actual es menor a:
  • $ 3.200 para un hogar de un individuo
  • $ 3.660 para un hogar de dos personas
  • $ 4.115 para un hogar de tres personas
  • $ 4.570 para un hogar de cuatro personas
  • $ 4.940 para un hogar de cinco o más personas

Además, el solicitante no puede recibir subsidios familiares de ningún otro programa federal, estatal o local para la unidad en la que vive el solicitante. Como Sección 8, Vales de Elección de Vivienda / Modificación Rehabilitación, Asistencia de alquiler basada en inquilinos de HOPWA, vivienda pública, Sección 202 o VASH.

Ningún miembro del hogar del solicitante trabaja por cuenta propia.

No debe tener activos líquidos u otras fuentes de capital desde donde se puedan pagar el alquiler y los servicios públicos.

Documentación requerida

Tras rellenar el formulario en Internet, y si recibe una aprobación preliminar, tiene que proveer la información adicional solicitada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la comunicación.

Por eso, el Gobierno de Miami recomienda tener a mano la siguiente documentación:

  • Prueba de residencia legal: Ejemplo, copia del pasaporte, tarjeta de residente extranjero o identificación con foto junto con la documentación que acredite su estado legal en el país.
  • Carta de terminación de trabajo, carta de verificación de desempleo u otra prueba que denote que perdió su empleo a partir del pasado 1 de marzo.
  • Copia de recibos de pago para todos los miembros de su hogar, si corresponde, tarjeta de Seguro Social, etc.
  • Copia de estados de cuenta bancarios, declaraciones de Income Tax anual o cualquier otra documentación que muestre activos personales.
  • Copia del contrato de arrendamiento actual ejecutado a nombre del solicitante o que muestre al solicitante como inquilino. Se subraya, nuevamente, que la dirección de la vivienda que figura en el contrato de alquiler debe estar ubicada dentro de los límites de la Ciudad de Miami.
  • Copia de la factura de servicios públicos más reciente (es decir, Florida Power and Light (FPL), Miami-Dade Water & Sewer, etc.), si corresponde.
  • El solicitante de la prueba está al día con los pagos de alquiler y servicios públicos a partir de febrero de 2020;
  • Del arrendador: deberá proporcionar un formulario W-9, un formulario ACH (Depósito directo) y una copia de un cheque anulado.

 

Fuente: DLA

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *